Educación
Normativas escolares para el inicio del Ciclo Lectivo 2021

A través de un comunicado oficial, el Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos informó cuales serán las normativas escolares para el inicio del Ciclo Lectivo 2021 en sus niveles Inicial y Primario.
Entre otras cuestiones, el documento establece el modo en que se organizará la presencialidad del alumnado, tema que a continuación transcribimos de manera textual:

II.- ORGANIZACIÓN institucional de la presencialidad de los/as ESTUDIANTES
a) En el NIVEL INICIAL los/as niños y niñas asistirán cada mes dos semanas de lunes a jueves y dos de lunes a viernes, en los horarios y tunos usuales de la jomada escolar según la normativa del Nivel, garantizando la misma cantidad de días de clases presenciales a todos los/as estudiantes.
b) En el NIVEL PRIMARIO y su Modalidad de Educación de Jóvenes y Adultos, los/as estudiantes asistirán cada mes dos semanas de lunes a jueves y dos de lunes a viernes, en los horarios y tumos usuales de la jornada escolar según la normativa del Nivel. Si las aulas no permiten mantener la distancia reglamentaria, funcionarán grupos con sistema mixto, garantizando la misma cantidad de días de clases presenciales a todos los/as estudiantes.
.- En las escuelas de Jornada Completa, Jornada Completa con Anexo Albergue y de Doble Jornada “Nina” asistirán en un solo turno, con un máximo de 4 horas diarias.
.- En las escuelas de zona rural o de islas a las que los estudiantes asisten en un transporte diario, lo harán en forma presencial -todas las semanas o en forma alternada según la cantidad de su matrícula- siempre que el transporte reúna las condiciones de seguridad sanitaria. Si así no fuera, se adopta el sistema mixto.
Lunes 1 de marzo: Solo los 1eros grados (Secciones/divisiones A, B, C, D) Martes 2 de marzo: Solo los 2dos grados.
Miércoles 3 de marzo: Solo los 3eros grados. Jueves 4 de marzo: Solo los 4tos grados. Viernes 5 de marzo: Los 5tos y 6tos grados. En las escuelas que por sus características no requieran la conformación de agrupamientos para respetar el distanciamiento social, desde el 1° de marzo asistirá la totalidad de los/as estudiantes.
Para completar la información, compartimos con ustedes las resoluciones más destacadas del comunicado provincial, resumidas por la Supervisora de Zona A, Lic. Silvina Toledo.
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Educación
EL PASO DEL PRIMER CUARTO DEL SIGLO XXI TENSIONÓ LA EDUCACIÓN TRADICIONAL

La vertiginosidad que impuso a la sociedad añadida la evolución impulsada por el auge masivo de internet, socavó las presuntas estructuras sólidas que sostenían al sistema educativo argentino.
Previo al año 2000 no existía GOOGLE, que se ha transformado en lo cotidiano en un integrante (en muchos casos decisivo) sobre las dinámicas educativas, laborales y familiares.

Antes del 30 de noviembre no existía CHAT GPT, ese aliado presente en las niñeces, adolescencias y juventudes. Fueron estos sectores de la sociedad los que se adelantaron a interactuar con la «IA» aún sin medir veracidades, riesgos y consecuencias.
Es por estas cuestiones que se presume con algún grado de certeza que el SISTEMA EDUCATIVO (desatendido en principio por el Estado Nacional, con diferentes consecuencias en cada jurisdicción) estaría reaccionando con obselescencia, extemporáneamente para las demandas que la propia sociedad hoy exige y necesita.
Para el burocrático SISTEMA EDUCATIVO que fue llevado a transformarse en un gigante adormecido, modificar algo de lo que está instalado por décadas parece materia difícil de hacer. En cambio la sociedad real, cambia vertiginosamente a diario con dinámicas que están a años luz de la burocracia. En definitiva es válido cuestionar la valía concreta que puede tener un título extendido por la obligatoriedad legal a cumplir por la sociedad.
El tema es tan complejo y extenso que se podría diseñar alguna tesis que proponga alternativas, claramente en este artículo no lo haremos.
En principio hay que asumir que algunas columnas deben estar presentes en el nuevo paradigma:
DOCENTES con suficiente preparación y estímulos para acompañar el proceso de aprendizaje compartido acorde a la vertiginosidad de los tiempos corrientes.
INFORMACIÓN que por momentos parece sobre abundar, es ahí donde nuevamente el docente es fundamental para intelectualizar lo que los aprendices aún no pueden dilucidar.
TECNOLOGÍAS disponibles con la conectividad apropiada para abastecer el correcto funcionamiento de los móviles que portan alumnos y docentes.
SELECCIÓN de contenidos e instrumentos actualizados y actualizables para sostener las necesidades pedagógicas de ir en búsqueda de soluciones a lo desconocido.
ADAPTACIÓN a las necesidades y urgencias de jóvenes insertos en la sociedad SIN DESCUIDAR VALORES históricos, educativos, filosóficos, éticos, democráticos y humanos que la cultura requiere sostener como identitarios del ser argentino.

Educación
Proponen declarar el 29 de septiembre como el “Día del Supremo Entrerriano”

La elección de la fecha responde a que ese día en 1820, Ramírez dio a conocer desde Corrientes el Bando fundacional de la República de Entre Ríos. Además, el texto solicita la incorporación del estudio de su vida y obra en la currícula escolar de los niveles primario y secundario: «su figura suele reducirse a una mención efemeridística».
Los fundamentos del proyecto
La elección de la fecha por parte de los legisladores oficialistas responde a que el 29 de septiembre de 1820 Francisco Ramírez dio a conocer desde Corrientes el Bando fundacional de la República de Entre Ríos, un hito que representa el primer antecedente de organización institucional autónoma provincial.

«No es un dato menor que esa fecha coincida, además, con la festividad de San Miguel Arcángel, patrono de Entre Ríos, lo que refuerza el arraigo simbólico de la conmemoración propuesta en el calendario y en la identidad de nuestro pueblo”, señalaron en los fundamentos.
Aquel Bando otorgó a la región cuatro reglamentos pioneros (de orden militar, político, económico y del papel sellado) que incluyeron medidas avanzadas como el fomento agrícola, la amnistía política y la eliminación de aranceles internos. Destaca en particular la obligación impuesta a cada comandante de establecer una escuela pública en su departamento, un temprano antecedente de política educativa que fundamenta la propuesta actual.
Asimismo, la iniciativa resalta que Ramírez fue protagonista de la primera experiencia de sufragio popular para la designación de un gobernante en el territorio de la actual República Argentina: el 24 de noviembre de 1820 convocó a los pueblos de Entre Ríos, Corrientes y Misiones a elegir por voto libre y directo a su Jefe Supremo, resultando consagrado por consentimiento unánime. De esa jornada surgió el título con el que la posteridad lo recuerda: el “Supremo Entrerriano”.

Mural de Pancho Ramirez y la Delfina en el acceso a Concepción del Uruguay.
Deuda pedagógica e identidad provincial
Respecto al pedido de incorporar su estudio a las escuelas, los legisladores sostienen que la historia de Francisco Ramírez y de la República de Entre Ríos es “escasamente abordada” por el sistema educativo provincial.
“Según coinciden diversos especialistas consultados en los trabajos de la Comisión Permanente para el Estudio, Vida y Legado de Francisco Ramírez, su figura suele reducirse a una mención efemeridística antes que a un contenido curricular desarrollado en profundidad. Incorporar de manera efectiva su estudio a los niveles primario y secundario contribuirá a que las nuevas generaciones conozcan los orígenes de nuestra organización institucional y refuercen su identidad y pertenencia entrerrianas”, explicaron.
Cabe recordar que el Estado provincial ya ha dado pasos en este sentido. En 2020, con motivo del bicentenario de la batalla de Cepeda, el Tratado del Pilar y la creación de la República de Entre Ríos, el Gobierno provincial —a través de la mencionada Comisión Permanente— impulsó la investigación, publicación y divulgación de su figura histórica, así como gestiones para la repatriación de sus restos. El presente proyecto busca dar continuidad institucional y legislativa a ese proceso de revalorización histórica.
Educación
HABILITAN A DOCENTES DE NIVEL INICIAL Y ESPECIAL PARA SUPLENCIAS EN ESCUELAS PRIMARIAS

Por resolución 1426/26 del Consejo General Educación, se habilita a docentes de Nivel Inicial y de modalidad Especial para desempeñarse en el Nivel Primario, en el cargo maestro/a de ciclo en la Provincia de Entre Ríos.
El artículo 40 de la Constitución Provincial permite una excepción del régimen de incompatibilidad vigente sólo cuando la escasez del personal docente haga necesaria la acumulación de más de un cargo. Ante la falta de personal en las escuelas, se habilita a los maestros a acumular más de un cargo.

Hay una salvedad. El artículo 80° del Estatuto del Docente Entrerriano establece: “Los concursos se declararán desiertos si al segundo llamado no se presentare ningún candidato, pudieron ser hecha la designación respectiva directamente por la autoridad que corresponda”.
La Resolución 1426/26 modifica excepcionalmente y de forma transitoria, hasta el cierre de nombramientos de suplencias del ciclo lectivo 2026, el ordenamiento para concursos de cargos de Maestra/o de Ciclo de Jornada Simple, en todos los departamentos de la provincia.
https://agmer.org.ar/wp-content/uploads/2026/09/resolucion_1426-26_cge.pdf
MENSAJE SUBLIMINAL QUE NO DEBE DESPRECIARSE:
En la provincia de Entre Ríos un grado llegó a tener 25 llamados sin poder cubrir la vacante.
“Los jóvenes no eligen la docencia como carrera, una tendencia que se vincula con los bajos salarios”, explicó Lía Fimpel, referente del sindicato docente de la provincia de Entre Ríos.
El problema trasciende las fronteras provinciales y se empieza a replicar en distintas escuelas de todo el país.

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