Educación
Día del maestro

Como cada año el 11 de septiembre es asignado como el día «del maestro». Son infinitas las publicaciones vinculadas a esta fecha y sus implicancias, de manera particular y sin que signifique menoscabo de ninguna de las facetas de la docencia en general, optamos por referirnos -en este artículo- a la Docencia Rural. Que en sí misma ha sentado «mojones» a lo largo de la historia educacional de la Nación.
Transitar la experiencia como «maestro de campo» es una marca indeleble en la trayectoria de un puñado de profesores/maestros.

La docencia rural desde la pedagogía y didáctica se anticipó décadas a lo que algunas corrientes quisieron proponer como novedad para las grandes Escuelas de centros urbanos con alta densidad de población.
Para referenciar tan trascendental rol para la sociedad, nos vamos a valer de la magistral descripción realizada por Don Luis Landriscina, en su poema “MAESTRA DE CAMPO”.
Landriscina pinta una realidad que no es del pasado, pues a pesar del progreso que hubo desde que compuso este poema, todavía sigue existiendo la maestra de campo en localidades muy pequeñas, o en parajes donde la densidad de alumnos es muy baja como para instalar una escuela con todo su personal. Porque lo característico en la llamada «maestra de campo» es que constituye el único personal de la escuela, donde hace de directora, de personal de limpieza, cortar pasto, etc y fundamentalmente de maestra.
La maestra de campo tiene a su cargo todos los alumnos que se distribuyen en la única aula de la escuela según sus edades y grado que cursan. Una maestra de campo debe dar simultáneamente varias clases, correspondientes a los diferentes grados y además cumplir infinita cantidad de cuestiones burocráticas que insumen mucho tiempo.
El video tomado de You Tube que se comparte a continuación, está el poema en la voz del propio Luis Landriscina que en consonancia con su mirada pinta un momento de alguna maestra rural Argentina.
Educación
EL PASO DEL PRIMER CUARTO DEL SIGLO XXI TENSIONÓ LA EDUCACIÓN TRADICIONAL

La vertiginosidad que impuso a la sociedad añadida la evolución impulsada por el auge masivo de internet, socavó las presuntas estructuras sólidas que sostenían al sistema educativo argentino.
Previo al año 2000 no existía GOOGLE, que se ha transformado en lo cotidiano en un integrante (en muchos casos decisivo) sobre las dinámicas educativas, laborales y familiares.

Antes del 30 de noviembre no existía CHAT GPT, ese aliado presente en las niñeces, adolescencias y juventudes. Fueron estos sectores de la sociedad los que se adelantaron a interactuar con la «IA» aún sin medir veracidades, riesgos y consecuencias.
Es por estas cuestiones que se presume con algún grado de certeza que el SISTEMA EDUCATIVO (desatendido en principio por el Estado Nacional, con diferentes consecuencias en cada jurisdicción) estaría reaccionando con obselescencia, extemporáneamente para las demandas que la propia sociedad hoy exige y necesita.
Para el burocrático SISTEMA EDUCATIVO que fue llevado a transformarse en un gigante adormecido, modificar algo de lo que está instalado por décadas parece materia difícil de hacer. En cambio la sociedad real, cambia vertiginosamente a diario con dinámicas que están a años luz de la burocracia. En definitiva es válido cuestionar la valía concreta que puede tener un título extendido por la obligatoriedad legal a cumplir por la sociedad.
El tema es tan complejo y extenso que se podría diseñar alguna tesis que proponga alternativas, claramente en este artículo no lo haremos.
En principio hay que asumir que algunas columnas deben estar presentes en el nuevo paradigma:
DOCENTES con suficiente preparación y estímulos para acompañar el proceso de aprendizaje compartido acorde a la vertiginosidad de los tiempos corrientes.
INFORMACIÓN que por momentos parece sobre abundar, es ahí donde nuevamente el docente es fundamental para intelectualizar lo que los aprendices aún no pueden dilucidar.
TECNOLOGÍAS disponibles con la conectividad apropiada para abastecer el correcto funcionamiento de los móviles que portan alumnos y docentes.
SELECCIÓN de contenidos e instrumentos actualizados y actualizables para sostener las necesidades pedagógicas de ir en búsqueda de soluciones a lo desconocido.
ADAPTACIÓN a las necesidades y urgencias de jóvenes insertos en la sociedad SIN DESCUIDAR VALORES históricos, educativos, filosóficos, éticos, democráticos y humanos que la cultura requiere sostener como identitarios del ser argentino.

Educación
Proponen declarar el 29 de septiembre como el “Día del Supremo Entrerriano”

La elección de la fecha responde a que ese día en 1820, Ramírez dio a conocer desde Corrientes el Bando fundacional de la República de Entre Ríos. Además, el texto solicita la incorporación del estudio de su vida y obra en la currícula escolar de los niveles primario y secundario: «su figura suele reducirse a una mención efemeridística».
Los fundamentos del proyecto
La elección de la fecha por parte de los legisladores oficialistas responde a que el 29 de septiembre de 1820 Francisco Ramírez dio a conocer desde Corrientes el Bando fundacional de la República de Entre Ríos, un hito que representa el primer antecedente de organización institucional autónoma provincial.

«No es un dato menor que esa fecha coincida, además, con la festividad de San Miguel Arcángel, patrono de Entre Ríos, lo que refuerza el arraigo simbólico de la conmemoración propuesta en el calendario y en la identidad de nuestro pueblo”, señalaron en los fundamentos.
Aquel Bando otorgó a la región cuatro reglamentos pioneros (de orden militar, político, económico y del papel sellado) que incluyeron medidas avanzadas como el fomento agrícola, la amnistía política y la eliminación de aranceles internos. Destaca en particular la obligación impuesta a cada comandante de establecer una escuela pública en su departamento, un temprano antecedente de política educativa que fundamenta la propuesta actual.
Asimismo, la iniciativa resalta que Ramírez fue protagonista de la primera experiencia de sufragio popular para la designación de un gobernante en el territorio de la actual República Argentina: el 24 de noviembre de 1820 convocó a los pueblos de Entre Ríos, Corrientes y Misiones a elegir por voto libre y directo a su Jefe Supremo, resultando consagrado por consentimiento unánime. De esa jornada surgió el título con el que la posteridad lo recuerda: el “Supremo Entrerriano”.

Mural de Pancho Ramirez y la Delfina en el acceso a Concepción del Uruguay.
Deuda pedagógica e identidad provincial
Respecto al pedido de incorporar su estudio a las escuelas, los legisladores sostienen que la historia de Francisco Ramírez y de la República de Entre Ríos es “escasamente abordada” por el sistema educativo provincial.
“Según coinciden diversos especialistas consultados en los trabajos de la Comisión Permanente para el Estudio, Vida y Legado de Francisco Ramírez, su figura suele reducirse a una mención efemeridística antes que a un contenido curricular desarrollado en profundidad. Incorporar de manera efectiva su estudio a los niveles primario y secundario contribuirá a que las nuevas generaciones conozcan los orígenes de nuestra organización institucional y refuercen su identidad y pertenencia entrerrianas”, explicaron.
Cabe recordar que el Estado provincial ya ha dado pasos en este sentido. En 2020, con motivo del bicentenario de la batalla de Cepeda, el Tratado del Pilar y la creación de la República de Entre Ríos, el Gobierno provincial —a través de la mencionada Comisión Permanente— impulsó la investigación, publicación y divulgación de su figura histórica, así como gestiones para la repatriación de sus restos. El presente proyecto busca dar continuidad institucional y legislativa a ese proceso de revalorización histórica.
Educación
HABILITAN A DOCENTES DE NIVEL INICIAL Y ESPECIAL PARA SUPLENCIAS EN ESCUELAS PRIMARIAS

Por resolución 1426/26 del Consejo General Educación, se habilita a docentes de Nivel Inicial y de modalidad Especial para desempeñarse en el Nivel Primario, en el cargo maestro/a de ciclo en la Provincia de Entre Ríos.
El artículo 40 de la Constitución Provincial permite una excepción del régimen de incompatibilidad vigente sólo cuando la escasez del personal docente haga necesaria la acumulación de más de un cargo. Ante la falta de personal en las escuelas, se habilita a los maestros a acumular más de un cargo.

Hay una salvedad. El artículo 80° del Estatuto del Docente Entrerriano establece: “Los concursos se declararán desiertos si al segundo llamado no se presentare ningún candidato, pudieron ser hecha la designación respectiva directamente por la autoridad que corresponda”.
La Resolución 1426/26 modifica excepcionalmente y de forma transitoria, hasta el cierre de nombramientos de suplencias del ciclo lectivo 2026, el ordenamiento para concursos de cargos de Maestra/o de Ciclo de Jornada Simple, en todos los departamentos de la provincia.
https://agmer.org.ar/wp-content/uploads/2026/09/resolucion_1426-26_cge.pdf
MENSAJE SUBLIMINAL QUE NO DEBE DESPRECIARSE:
En la provincia de Entre Ríos un grado llegó a tener 25 llamados sin poder cubrir la vacante.
“Los jóvenes no eligen la docencia como carrera, una tendencia que se vincula con los bajos salarios”, explicó Lía Fimpel, referente del sindicato docente de la provincia de Entre Ríos.
El problema trasciende las fronteras provinciales y se empieza a replicar en distintas escuelas de todo el país.

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